Arquitecto Técnico
LA PROFESIÓN
Arquitectura Técnica es una diplomatura de 3 ó 4 años donde se estudia la construcción. No debe confundirse con la Arquitectura (una disciplina artística dedicada al diseño) aunque ambas disciplinas tienen un origen común y hoy en día es absolutamente necesaria la actuación conjunta de ambas en la edificación. Pero ambos títulos están destinados a campos distintos que no son compartidos.
El Arquitecto Técnico (futuro Ingeniero de la Edificación) ocupa hoy, por razón de los conocimientos adquiridos en la carrera, (instalaciones, estructuras, sistemas constructivos, economía, legislación, dirección de obra, calidad, seguridad, materiales y dibujo), un papel muy importante en el sector de la construcción especialmente la edificación. Como generalista que conoce y aplica las técnicas al proceso constructivo.
Su función principal, avalada y ratificada por la L.O.E. es la de ordenar, controlar y dirigir la ejecución material de las obras e instalaciones en la edificación. El Arquitecto Técnico inspecciona los elementos y sistemas constructivos de la obra edificatoria, siendo responsable de que ésta se efectúe con sujeción al proyecto y a las normas básicas de la edificación o al código edificatorio, en su caso.
Además del diseño y aplicación de las técnicas constructivas, se extiende también a la gestión del proceso inmobiliario, asesorando a promotoras, como gestor de proyectos. No podemos olvidar la gestión económica de la construcción, llevada a cabo en la Dirección de Ejecución de Obra, la programación y control de calidad son otras materias que asume el Arquitecto Técnico.
La vinculación y el compromiso de la profesión con la Seguridad y Salud de los trabajadores en la Construcción hacen que la mayoría de los «Coordinadores de Seguridad y Salud» ejercientes en las obras de edificación en España sean aparejadores y/o arquitectos técnicos.
Otras funciones, son las peritaciones y valoraciones inmobiliarias, especialmente en el mercado hipotecario; el levantamiento de planos de solares y edificios; la elaboración de informes sobre el estado de conservación y uso de edificios construidos; las peritaciones judiciales, la realización de proyectos, especialmente importante en el ámbito de las obras de rehabilitación, reparación y consolidación de edificios construidos y en las de adaptación de locales.
Diversas normas administrativas y disposiciones legales regulan la actividad profesional del Arquitecto Técnico, entre ellas y singularmente la Ley 12/1986, que ha regulado sus atribuciones subrayando el carácter independiente y autónomo y la plena responsabilidad de su ejercicio profesional. Entre las atribuciones que la Ley reconoce a los Arquitectos Técnicos se incluyen las que eran propias de la anterior titulación de Aparejador, y entre ellas es de destacar la que determina que «por su condición de especialistas en materiales, control de calidad, construcción y seguridad e higiene, toda obra de arquitectura requiere la intervención de un Arquitecto Técnico en la dirección de su ejecución material».